¿Qué es el SASISOPA?
Antes de adentrarnos en el significado del SASISOPA, es necesario remontarnos a la reforma en materia energética efectuada en nuestro país hace 4 años.
Dentro de las reformas y adiciones a nuestra Constitución en materia energética en el año 2013, cabe destacar la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (también conocida como ASEA) como órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía con facultad para regular y supervisar en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente.
El 11 de agosto de 2014, se publicó la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente, la cual establece dicho organismo tiene por objeto la protección de las personas, el medio ambiente y las instalaciones del Sector Hidrocarburos. La citada ley también hace hincapié en las obligaciones de los regulados, entre la cual se encuentra el contar con un Sistema de Administración.
Dicho sistema es conocido como SASISOPA, Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, es decir, un conjunto integral de elementos interrelacionados que tiene como finalidad mejorar el desempeño del Sector Hidrocarburos cuyo propósito es la prevención, control y mejora de una instalación en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y de protección al medio ambiente.
El 13 de mayo de 2016 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las “Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos que se indican”, en donde se establecen los requisitos mínimos para la conformación, operación, implementación y autorización del SASISOPA.
Según dichas disposiciones, en su artículo 2°, se establece que los lineamientos son de observancia general para quienes realicen actividades del Sector Hidrocarburos, tales como la exploración y extracción de hidrocarburos; tratamiento, refinación, enajenación, transporte y almacenamiento del petróleo; procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión, regasificación, transporte, almacenamiento y distribución de gas natural; entre otros.
En ese sentido, quienes se dediquen a las actividades establecidas en dichas disposiciones, tendrán en un inicio que realizar un trámite del Registro de su Sistema de Administración ante la Agencia, así como solicitar su Clave Única de Registro del Regulado (CURR), clave que se otorga para identificar individualmente al regulado en el registro de regulados de la Agencia.
Posteriormente, deberán de solicitar la Autorización de su Sistema de Administración, en este momento el regulado debe presentar ante la Agencia un programa de implementación de su Sistema de Administración como parte de la solicitud de autorización.
Una vez acreditado el sistema, el regulado queda obligado a implementarlo dentro de su empresa en los términos autorizados por la Agencia, obligándose a realizar informes semestrales de cumplimiento y auditorias cada 2 años por auditores externos. La Agencia podrá supervisar e inspeccionar en cualquier momento el cumplimiento de las obligaciones del Sistema de Administración.
Según información proporcionada por la Agencia, actualmente son 390 empresas del Sector de Hidrocarburos: Gas Natural quienes han presentado una solicitud de Registro de su Sistema de Autorización, dentro de las cuales solo 11 empresas han logrado cumplir con los requisitos establecidos en las disposiciones legales para obtenerlo.
Actualmente, nuestro equipo de expertos se encuentra trabajando en programas de implementación del SASISOPA en empresas de distribución de gas natural.