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Teletrabajo - La nueva norma: NOM-037-STPS-2023

Por: Rogelio Loera

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La NOM-037-STPS-2022 Teletrabajo, establece las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo en donde las personas que laboran bajo la modalidad de Teletrabajo realicen sus actividades, a fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral.

Estos requisitos son aplicables a todos los centros de trabajo que cuenten con personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.

Dentro de los principales requisitos incluidos en esta norma se encuentran:

  • Contar con un listado actualizado de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.
  • Contar en los lugares de teletrabajo con conectividad para el uso y manejo de las tecnologías de la información y comunicación.
  • Contar en los lugares de teletrabajo con condiciones de seguridad y salud en el trabajo, con énfasis en el buen estado de las instalaciones eléctrica; con iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas.
  • Establecer una Política de Teletrabajo.
  • Informar a las personas bajo la modalidad de Teletrabajo, sobre los riesgos relacionados con este tipo de modalidad laboral, y de la posible exposición a agentes y a factores de riesgo (ergonómico y psicosocial).
  • Contar con la lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo.
  • Otorgar las facilidades para que la Comisión de Seguridad e Higiene realice la validación de la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo (incluidas las evidencias fotográficas o de video).
  • Establecer el proceso de implementación del Teletrabajo para los trabajadores que cambien de la modalidad presencial a Teletrabajo y viceversa.
  • Proporcionar a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo, lo siguiente:
    • Silla ergonómica o de otro tipo apropiada a las actividades a desarrollar;
    • Los insumos necesarios para su adecuado desempeño, como por ejemplo para el envío de la información vía digital (parte proporcional al pago por servicios de internet y energía eléctrica), o impresión de ésta, y
    • c) En su caso, los aditamentos (mouse, mouse pad, monitor, teclado, etc.) que garanticen condiciones ergonómicas o posturales, del trabajador en su jornada laboral.
  • Establecer la manera de proporcionar mantenimiento, a los equipos para el manejo de las tecnologías de la información y comunicación.
  • Proporcionar, capacitación al menos una vez al año a los trabajadores bajo la modalidad de Teletrabajo, sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener en su lugar de trabajo.
  • Practicar los exámenes médicos que corresponda a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo de conformidad con lo previsto por la NOM-030-STPS-2009, y dar seguimiento a los avisos de accidente de trabajo que, en su caso, le reporten las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo o sus familiares.
  • Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar que consideren, entre otras cosas, el retorno a la modalidad presencial de manera temporal o permanente.
  • Brindar el apoyo y las facilidades necesarias para que, en su caso, las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo participen en la Comisión de Seguridad e Higiene o en la Comisión mixta de capacitación, adiestramiento y productividad.

La NOM-037-STPS-2022 Teletrabajo fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 08-Jun-23 y entrará a los 180 días naturales posteriores a su publicación en el DOF.

En Experts contamos con el personal y la experiencia para acompañarte en la implementación y cumplimiento de los requerimientos de esta norma, acércate a nosotros con toda confianza. Adicionalmente te brindamos servicios que incluyen gestión, asesoría y capacitación en materia de  medio ambiente, seguridad y salud en el trabajo, responsabilidad social, sistemas de gestión y sistemas de gestión integrados. Consulta nuestro catálogo de servicio, nos dará gusto entrar en contacto contigo.

La NOM-037-STPS-2022 Teletrabajo, establece las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo en donde las personas que laboran bajo la modalidad de Teletrabajo realicen sus actividades, a fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral.

Estos requisitos son aplicables a todos los centros de trabajo que cuenten con personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.

Dentro de los principales requisitos incluidos en esta norma se encuentran:

  • Contar con un listado actualizado de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo.
  • Contar en los lugares de teletrabajo con conectividad para el uso y manejo de las tecnologías de la información y comunicación.
  • Contar en los lugares de teletrabajo con condiciones de seguridad y salud en el trabajo, con énfasis en el buen estado de las instalaciones eléctrica; con iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas.
  • Establecer una Política de Teletrabajo.
  • Informar a las personas bajo la modalidad de Teletrabajo, sobre los riesgos relacionados con este tipo de modalidad laboral, y de la posible exposición a agentes y a factores de riesgo (ergonómico y psicosocial).
  • Contar con la lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo.
  • Otorgar las facilidades para que la Comisión de Seguridad e Higiene realice la validación de la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo (incluidas las evidencias fotográficas o de video).
  • Establecer el proceso de implementación del Teletrabajo para los trabajadores que cambien de la modalidad presencial a Teletrabajo y viceversa.
  • Proporcionar a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo, lo siguiente:
    • Silla ergonómica o de otro tipo apropiada a las actividades a desarrollar;
    • Los insumos necesarios para su adecuado desempeño, como por ejemplo para el envío de la información vía digital (parte proporcional al pago por servicios de internet y energía eléctrica), o impresión de ésta, y
    • c) En su caso, los aditamentos (mouse, mouse pad, monitor, teclado, etc.) que garanticen condiciones ergonómicas o posturales, del trabajador en su jornada laboral.
  • Establecer la manera de proporcionar mantenimiento, a los equipos para el manejo de las tecnologías de la información y comunicación.
  • Proporcionar, capacitación al menos una vez al año a los trabajadores bajo la modalidad de Teletrabajo, sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener y mantener en su lugar de trabajo.
  • Practicar los exámenes médicos que corresponda a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo de conformidad con lo previsto por la NOM-030-STPS-2009, y dar seguimiento a los avisos de accidente de trabajo que, en su caso, le reporten las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo o sus familiares.
  • Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar que consideren, entre otras cosas, el retorno a la modalidad presencial de manera temporal o permanente.
  • Brindar el apoyo y las facilidades necesarias para que, en su caso, las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo participen en la Comisión de Seguridad e Higiene o en la Comisión mixta de capacitación, adiestramiento y productividad.

La NOM-037-STPS-2022 Teletrabajo fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 08-Jun-23 y entrará a los 180 días naturales posteriores a su publicación en el DOF.

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