Actualización normativa en materia de agua. NOM-001-SEMARNAT-2021
Por: Mariel Alicia Álvarez del Castillo
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El pasado 22 de marzo se celebró el día mundial del agua. Un día para crear conciencia y reflexionar sobre que acciones hacemos en nuestra vida diaria, para cuidar este recurso tan indispensable y evitar en lo más posible su desperdicio.
Pero no solo es responsabilidad de nosotros como individuos el cuidar el agua. La Organización de las Naciones Unidas (ONU), desde el 2015 declaró como su sexto Objetivo de Desarrollo Sostenible, el Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos. Se busca que de aquí al 2030, el acceso al agua potable sea universal y equitativo para todos. Esto solo se puede lograr acelerando el esfuerzo y compromiso de los líderes mundiales y gobiernos, implementando acciones y políticas, que aseguren que la distribución del agua y su saneamiento se gestionen de forma eficiente.
Uno de estos esfuerzos en México, es la publicación de la NOM-001-SEMARNAT-2021 (11 de marzo del 2022, DOF), en la cual se establecen los límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos de agua nacionales. Esta norma actualiza a la NOM-001-SEMARNAT-1996, cuyos aspectos técnicos ya no eran concordantes con las necesidades actuales.
Quienes están obligados a cumplir con la NOM-001-SEMARNAT-2021, son todos aquellos responsables que realizan descargas de aguas residuales en cualquier tipo de cuerpo receptor propiedad de la Nación. Para ellos, surge una pregunta importante ¿Cuáles son estos cambios en la Norma, y que debo hacer para cumplir con ella?
Es importante mencionar, que la Norma entró en vigor de manera progresiva, a partir del 3 de abril del 2023, por lo que se deben cumplir con los parámetros y límites permisibles previstos en las tablas 1 y 2, excluyendo los parámetros de color verdadero y toxicidad aguda previstos en la Tabla 1, los cuales entran en vigor en el 2026. Estos últimos dos parámetros son nuevos en la norma.
A continuación, se describen los principales cambios en la NOM-001-SEMARNAT-2021, con respecto a la versión de 1996:
- Cambios en la clasificación de cuerpos receptores
Anteriormente los límites permisibles de contaminantes se determinaban de acuerdo a cuatro tipos de cuerpos receptores, y el tipo de descarga (riego agrícola, uso público urbano, recreación, etc.). En la nueva versión de la norma, se cuentan con tres tipos de cuerpos receptores con un solo valor de límite permisible, y en el caso de descarga a suelo, si se especifican 3 tipos de descarga, como lo podemos ver en los siguientes encabezados de las tablas en comento:
Tabla 2: Límites permisibles (NOM-001-SEMARNAT-1996)
Tabla 1: Límites permisibles (NOM-001-SEMARNAT-1996)
Como se puede ver en la imagen anterior, se introduce un nuevo parámetro de medición además del promedio mensual (P.M.) y promedio diario (P.D.). Este corresponde al Valor instantáneo (V.I.), que es el resultado obtenido del análisis de laboratorio a una muestra simple de agua residual colectada en la descarga. Este valor solamente será considerado, en caso de verificaciones instruidas por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) o la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA).
- Modificación en parámetros:
Estos son los cambios más importantes y que más generan preocupación para los responsables de descargas. Lo más relevante a mencionar, es la disminución de los límites permisibles de algunos parámetros como temperatura, grasas y aceites, nitrógeno total, fósforo, y sólidos suspendidos totales.
Así mismo, en el caso de los metales, se observa una reducción de los límites permisibles para los valores de promedios diarios (P.D.), manteniendo los valores de promedios mensuales (P.M.).
Otro cambio considerable es la eliminación y adición de parámetros y criterios, enlistados a continuación:
- Sólidos: Se eliminan los parámetros de material flotante, y sólidos sedimentables.
- Materia Orgánica: Se elimina el parámetro Demanda bioquímica de oxígeno (DBO5), y se adicionan los parámetros de Demanda química de oxígeno (DQO) y Carbono orgánico total (COT), para la determinación de materia orgánica en el agua. Se determinará cuál de los dos se debe medir, dependiendo de la concentración de cloruros en el agua.
- Contaminantes patógenos: Se elimina el parámetro de coliformes fecales, para ahora medir este criterio mediante las concentraciones bacterianas de Escherichia coli y Enterococos fecales. Al igual que con los parámetros de materia orgánica, se tomará como criterio la conductividad eléctrica para determinar cual de los dos parámetros debe medirse.
- Periodicidad de reporte
Anteriormente la frecuencia de reporte ante la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), se determinaba de acuerdo a los valores de DQO y sólidos suspendidos totales, y podía ser trimestral, semestral y anual. Con esta nueva norma, se estableció que estos reportes sean presentados trimestralmente en todos los casos.
Como podemos observar, la entrada en vigor de la NOM-001-SEMARNAT-2021 es de gran relevancia hoy en día, considerando la crisis actual del agua, no solo para aquellos responsables de descargas de aguas residuales, quienes tienen que buscar la forma de adaptar sus procesos con el fin de cumplir con estos nuevos parámetros, si no para todos nosotros, que dependemos de este recurso para sobrevivir, y por lo tanto requerimos que su manejo sea eficiente y que prevea la generación de contaminación.
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